• Se informa que Alfredo Castillo faltó a la verdad en sus declaraciones de situación patrimonial de tres años: de 2014 a 2016
CIUDAD DE MÉXICO.-La secretaria de la Función
Pública, Irma Eréndira Sandoval Ballesteros, informó que tras
un exhaustivo procedimiento de responsabilidades se determinó imponer la
sanción de inhabilitación para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el
servicio público por un periodo de 10 años a un ex director general de la Comisión Nacional de
Cultura Física y Deporte (Conade) de la administración de
Enrique Peña Nieto.
La secretaria Sandoval Ballesteros manifestó que “la nueva ética pública que está
construyendo el Gobierno de México se basa en la probidad,
en la transparencia y en la estricta legalidad, y por ello los altos
funcionarios debemos cumplir nuestras obligaciones, como la declaración de
situación patrimonial, con el más alto estándar”.
Resaltó que la Secretaría de la Función
Pública tiene como una de sus atribuciones realizar la
verificación de la evolución patrimonial de las y los servidores públicos, y en
el ejercicio de esa atribución se detectaron omisiones de la persona sancionada
en sus declaraciones presentadas ante esta dependencia.
La titular de la Función Pública recordó que “este
mecanismo es una herramienta fundamental para prevenir la corrupción y detectar
el enriquecimiento ilícito, por ello, cualquier incumplimiento será sancionado,
a fin de seguir reconstruyendo la confianza ciudadana en el servicio público,
la cual fue erosionada por el régimen neoliberal”.
La sanción, que le fue notificada, deriva de un ejercicio de
verificación a la evolución patrimonial, en el cual se detectó que el
exfuncionario, quien también fuera comisionado para la Seguridad y Desarrollo
Integral en el Estado de Michoacán, faltó a la verdad en sus declaraciones de
situación patrimonial de tres años: de 2014 a 2016.
Por lo anterior, la Dirección General de
Responsabilidades y Verificación Patrimonial inició un minucioso
procedimiento administrativo sancionador y determinó que omitió declarar seis
cuentas bancarias a su nombre y al de su cónyuge, en las que en total tenían
más de 18 millones 300 mil pesos.
Dicha omisión constituye una violación al artículo 8
de la Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos,
vigente al momento de los hechos, que establecía la obligatoriedad de presentar
con oportunidad y veracidad las declaraciones de situación patrimonial.
Durante el procedimiento, la autoridad administrativa
respetó la presunción de inocencia y garantizó el derecho de audiencia de la
persona sancionada.
Este procedimiento sancionador es parte de los 26 mil
064 expedientes de responsabilidad administrativa que la Función Pública inició
en los dos primeros años del actual Gobierno de México, y de los que a la fecha
se han resuelto 20 mil 222.