• Autoridades señalan que las acciones de las personas adultas que ejercen violencia de género en el hogar ocasionan en los menores de edad afectaciones en su visión sobre el género.
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Estado de
México. - La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió
que los niños, niñas y adolescentes pueden ser víctimas de violencia de género
o familiar, sin que sea necesario que se ejerza directamente en contra de
ellos.
La Corte analizó el caso de una mujer que, en representación
de su hija menor de edad, promovió un procedimiento especial sobre controversia
por violencia familiar en contra de su expareja, al alegar
que eran víctimas de violencia física, psicológica y patrimonial, por lo que
solicitó medidas de protección.
En primera
instancia, se consideró que no estaba probada la violencia familiar y
se decretó, como medida para restablecer la paz y el orden familiar, que las
partes debían acudir a terapia psicológica y, como medida de restauración de
las relaciones familiares, que la actora y el demandado acudieran a sesiones de
justicia restaurativa familiar.
Contra esta
sentencia, la madre de la menor promovió un juicio de amparo directo en el que
argumentó que la autoridad responsable no cumplió con su obligación de
juzgar con perspectiva de género; el amparo se negó; inconforme, interpuso un
recurso de revisión.
La Primera
Sala concluyó que las acciones de las personas adultas que conviven en un mismo
núcleo familiar tienen una influencia primordial en el crecimiento de los
infantes, de ahí que, cuando se ejerce violencia
de género en el hogar, los menores de edad sufren afectaciones en su
visión sobre el género, demuestran normalización de la violencia y una
indefensión aprendida; lo cual afecta su desarrollo y es un elemento que
perpetúa la violencia de género como fenómeno social.