• La graduación de la película de control solar podrá ser mayor de 20% de transmisión de luz visible hacia el interior, en vidrios laterales y vidrio trasero
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La Paz, Baja California Sur. -
El Congreso del Estado legisló la regulación de los polarizados en vehículos,
unificando criterios para clarificar la interpretación de la Ley de Tránsito
Terrestre de Baja California Sur (LTTBCS).
La nueva legislación que
entrará en vigencia en todo el Estado, al día siguiente de su publicación en el
Boletín Oficial del Gobierno del Estado (BOGE), establece que los vidrios de
vehículo podrán ser obscurecidos con películas de control solar de hasta el
veinte por ciento de transmisión de luz visible hacia el interior.
El dictamen fue presentado por
la Comisión de Comunicaciones, Transportes, Movilidad y Seguridad Vial de la
XVII Legislatura, que integran los diputados Sergio Huerta Leggs, presidente;
Omar Torres Orozco y Sergio Polanco Salaices, secretarios, la cual realizó un
trabajo de derecho comparado entre los reglamentos municipales con la
legislación federal y normas oficiales mexicanas en la materia.
Se determinó que en la entidad
se respetará el oscurecimiento que haya sido instalado por el fabricante del
vehículo que cumpla con los anteriores parámetros.
La graduación de la película
de control solar podrá ser mayor de 20% de transmisión de luz visible hacia el
interior, en vidrios laterales y vidrio trasero, cuando se requiera por razones
médicas, debidamente acreditadas mediante certificado por especialista,
establece el dictamen.
Pormenoriza que las
autoridades que apliquen las nuevas disposiciones deberán utilizar los
instrumentos autorizados y certificados para medir la graduación de la película
solar instalada.
En cuanto al vidrio frontal,
se mantiene la norma vigente que prohíbe su oscurecimiento y solo permite una
franja de un máximo de 25 centímetros de ancho en la parte superior del vidrio
parabrisas. Sin embargo, se exceptuarán los vehículos al servicio de personas
que acrediten médicamente ante la autoridad enfermedades de la piel o
padecimientos médicos, que sean afectados por la exposición al sol, para lo
cual se les expedirá un distintivo para el vehículo.
El decreto reforma y adiciona
el artículo 23 de la Ley de Tránsito Terrestre de Baja California Sur, derivado
de una iniciativa ciudadana presentada a través del diputado Venustiano Pérez
Sánchez, a raíz de observaciones de automovilistas ante las diferencias en la normatividad en los
reglamentos municipales de tránsito y vialidad en los parámetros que indica la
misma ley, así como una interpretación errónea de la ley, que esto generaba.