• El objetivo final, según los proponentes, es garantizar la equidad fiscal y proteger la salud de los consumidores mediante información clara y transparente.
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Estado de México. -
Legisladores de los grupos parlamentarios del Partido Verde y PT presentaron
una iniciativa para reformar las leyes del IVA, del IEPS y de
Salud, con el objetivo de regular la comercialización de bebidas
electrolíticas orales. La propuesta busca eliminar la tasa cero de IVA
para estos productos, aplicarles el Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios (IEPS) y obligar a que porten sellos de advertencia sanitaria.
La iniciativa, suscrita por
los diputados Ernesto Núñez Aguilar, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Reginaldo
Sandoval Flores y José Antonio López Ruiz, argumenta que diversas bebidas de
esta categoría han utilizado indebidamente su registro sanitario como
“medicamento” para evitar el pago de impuestos y eludir el etiquetado
frontal que advierte sobre altos contenidos de azúcar, establecido en la
NOM-051.
Según la exposición de motivos
presentada, esta práctica ha generado una distorsión en el mercado y un
perjuicio a la salud pública. Los legisladores señalan que, al
comercializarse sin sellos de advertencia, los consumidores perciben estos productos
como terapéuticos, cuando su composición es más cercana a la de una bebida
azucarada de consumo masivo.
Se destaca que la marca líder
del sector generó ventas superiores a los 16,000 millones de pesos en
2024. De acuerdo con las estimaciones de la iniciativa, en los últimos cinco
años se habrían dejado de recaudar aproximadamente 9,000 millones de pesos por
concepto de IVA y más de 3,000 millones por IEPS.
Además, se subraya que la
composición de estas bebidas comerciales difiere significativamente del
estándar terapéutico recomendado por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) para la rehidratación oral. Mientras la fórmula de la OMS contiene 1.35
gramos de glucosa por cada 100 ml, algunas bebidas comerciales alcanzan hasta 5
gramos, es decir, 3.7 veces más azúcar, privilegiando el sabor sobre la función
clínica.
Así, la iniciativa propone
adicionar un párrafo al artículo 2-A para que las bebidas electrolíticas orales
envasadas dejen de gozar de la tasa del 0% de IVA, aplicable a medicinas y
alimentos, independientemente de su registro sanitario.
Además, busca que estas
bebidas sean consideradas como “bebidas saborizadas” cuando contengan
azúcares añadidos y/o edulcorantes. De aprobarse, estarían sujetas a la cuota
vigente de $1.6451 por litro.
A Ley General de Salud
adiciona el artículo 212 Bis para obligar a que estos productos incluyan
el etiquetado frontal de advertencia si exceden los límites de azúcares,
edulcorantes u otros nutrientes críticos, eliminando la exención actual.
De ser aprobado, el decreto
entraría en vigor 90 días después de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación. Los productores y comercializadores contarían con un plazo de 120
días para adecuar el etiquetado de sus productos.
El objetivo final, según los
proponentes, es garantizar la equidad fiscal y proteger la salud de los
consumidores mediante información clara y transparente.