• “El fenómeno de la violencia de género en contra de la mujer durante el noviazgo es una realidad que no podemos dejar pasar”: Diputada Olivas Parra.
La Paz, Baja
California Sur. - La diputada Karina Olivas Parra de la Fracción Parlamentaria
del PT, propuso la “Ley Melanie” en el Congreso del Estado de Baja California
Sur (BCS), la cual tiene por objeto incluir la violencia en el noviazgo,
incluyendo a ex cónyuges, ex concubinos y ex concubinas, como una equiparación
al delito de violencia familiar en el Código Penal estatal.
El fenómeno
de la violencia de género en contra de la mujer durante el noviazgo es una
realidad que no podemos dejar pasar, por ello, es obligación de todas y todos
prevenirla, atenderla, sancionarla y erradicarla, implementando todas las
medidas y acciones que están a nuestro alcance, dijo la legisladora al
presentar la iniciativa.
Al abordar el
tema en tribuna, Olivas Parra externó que los efectos de la violencia en el
noviazgo pueden ser devastadores, tanto en el ámbito emocional como en el
físico y abarca distintas formas de abuso, como el físico, emocional,
psicológico, sexual y económico, teniendo señales de alerta como el control
excesivo, celos desmedidos, insultos y humillaciones, aislamiento, amenazas y
agresiones físicas. Afecta principalmente a adolescentes, jóvenes y adultos,
pero puede presentarse en cualquier grupo de edad.
La propuesta
de Olivas Parra reforma el artículo 202 del Código Penal estatal, del delito de
violencia familiar equiparada, en el que se adiciona la violencia de quien la
realice “en contra de la persona con quien tenga una relación de noviazgo,
incluyendo al ex cónyuge, ex concubinario, ex concubina, así como quienes estén
sujeta a su custodia, protección o cuidado, o tenga el cargo de tutor o curador
sobre la persona. Este delito se perseguirá por querella”.
La “Ley
Melanie” tiene su origen en el caso de Melanie N, una joven que fue agredida el
pasado 31 de octubre, en medio de una fiesta de Halloween, por un joven de
nombre Christian, quien la golpeó a provocándole graves fracturas en el rostro,
a causa de la gravedad de las lesiones estuvo a punto de perder un ojo.
En noviembre
de 2024, la Cámara de Diputados aprobó la reforma que adicionó el artículo 7 de
la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para
considerar como violencia en el ámbito familiar la que se genere durante el
noviazgo. En Baja California Sur esta disposición ya está armonizada en la Ley
de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su artículo quinto,
donde se reconoce como un tipo de violencia familiar. Su penalización contempla
de tres años seis meses a siete años seis meses de prisión y multa de 100 a 400
días, y pérdida de los derechos que tenga respecto de la víctima.