• Actualmente la Ley de trabajadores al servicio del Estado sostiene una diferencia de meses en las licencias de maternidad y paternidad.
San José del Cabo, Baja California Sur.- La Suprema Corte de Justicia de
la Nación (SCJN) invalidó la Ley de Los trabajadores al servicio del estado y
municipios de Baja California Sur (BCS), por fomentar desigualdad en las
oportunidades laborales, en relación a la responsabilidad de madres y padres de
una familia.
Actualmente
el artículo 29 de esta ley habla sobre los permisos para personas en estado de
gravidez y posterior al parto, señalando que la mujer podrá disfrutar de un mes
de descanso previo al parto y dos meses posteriores, además la licencia podría
extenderse hasta tres meses más en caso de que el bebé tenga una discapacidad u
enfermedad.
No así para el hombre, esposo, concubino o pareja de unión libre de la
misma familia, que solo podrá gozar de 10 días hábiles de licencia luego del
parto.
La corte considera que con esta desproporción en las licencias que se
destinan para el cuidado y crianza de los recién nacidos, se afecta a los
derechos de las madres trabajadores, en quienes estarían recayendo la
obligación y responsabilidad principal del bebé.
Determinaron que es necesario el otorgamiento de 3 meses por igual a ambos
tutores y también 3 meses adicionales a los contemplados en la licencia
inicial, para la pareja de la persona gestante, cuando la o el infante haya
nacido con cualquier tipo de discapacidad o requiera atención médica
hospitalaria, al igual que con la madre.
En otro aspecto de los derechos de las madres trabajadoras, también se
consideró que hay una regresión a la norma de lactancia, pues no obliga a
instituciones a contar con salas de lactancia, por lo que deberás modificarse
esta parte para que se implemente la medida y que la trabajadora pueda tomar
sus descansos para amamantar.