• El dictamen aprobado evita que niñas, niños y adolescentes menores de 15 años corran ries-gos relacionados con la salud sexual y reproductiva, incluyendo el embarazo no deseado o precoz, así como la exposición a enfermedades de transmisión sexual
La Paz, Baja
California Sur. - La XVII Legislatura aprobó el dictamen presentado por las
Comisiones Permanentes Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia, y de
los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Congreso del Estado de Baja
California Sur (BCS), mediante los cuales se otorgará una mayor protección al
correcto desarrollo psicosexual de niñas, niños y adolescentes, así como la
armonización legislativa del Código Penal Estatal, elevando de doce a quince
años la edad de estupro.
Las
iniciativas presentadas por las legisladoras María Guadalupe Saldaña Cisneros y
Teresita de Jesús Valentín Vázquez, permitirán proteger a los menores de quince
años de edad para que aun dando su consentimiento a una relación sexual se
considere como una violación equiparada y se sancione de acuerdo con la
gravedad de la conducta; así como, a los menores de edad, mayores de quince y
menores de dieciocho años de edad, para que en los casos en que el sujeto
activo obtenga su consentimiento por cualquier tipo de engaño, se considere
como estupro.
En relación a
las reformas del Código Penal para el Estado de Baja California Sur, estas
permitirán reconocer en la legislación el delito de estupro, a fin de
considerar que el agresor se aprovechó de la inmadurez de la víctima, tomando
en cuenta que, aunque en el caso de una persona menor de quince años, todas las
características de un consentimiento libre e informado se den, valorar que en
esa edad las personas se encuentran en una etapa formativa en la cual aún están
en un proceso inconcluso de madurez, que son personas que no son capaces de
comprender el hecho o que, muy probablemente, no comprenden el alcance de la
toma de muchas de sus decisiones.
Por lo que,
derivado del estudio y análisis se concluyó que ésta reforma no sólo cumple el
fin de otorgar una mayor protección al correcto desarrollo psicosexual de
niñas, niños y adolescentes, sino que también significa el armonizar
legislativamente esta porción jurídica del Código Penal estatal.