• Las empresas concretaron una operación el 20 de julio de 2020 mediante la cual Banorte adquirió la facultad de intervenir en decisiones del negocio de tarjetas de crédito de Rappi, sin que esa operación hubiese sido analizada ni autorizada previamente por la autoridad antimonopolio.
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Estado de México. - La Comisión Nacional
Antimonopolio (CNA) de México sancionó a Rappi y al Grupo Financiero Banorte
con una multa total de 19.9 millones de pesos, por realizar una concentración
sin autorización previa, informó la autoridad.
De acuerdo con un comunicado
de la Comisión, las empresas concretaron una operación el 20 de julio de 2020
mediante la cual Banorte adquirió la facultad de intervenir en decisiones del
negocio de tarjetas de crédito de Rappi, sin que esa operación hubiese sido
analizada ni autorizada previamente por la autoridad antimonopolio.
La Comisión sostuvo que el
control previo de concentraciones es un mecanismo preventivo para proteger a
consumidores y empresas frente a posibles condiciones anticompetitivas, en
especial cuando una transacción puede modificar precios, calidad u opciones
disponibles en el mercado.
“Cuando dos empresas se
concentran, esa decisión puede cambiar los precios, la calidad y las opciones
que encontramos todos los días al adquirir un producto o contratar un
servicio”, señaló la CNA en el comunicado.
La autoridad añadió que, una
vez ejecutada una operación de este tipo, sus efectos pueden ser difíciles de
revertir, por lo que la ley exige que ciertas concentraciones sean notificadas
y esperen la resolución correspondiente antes de realizarse.
En ese sentido, la Comisión
advirtió que esta obligación “no es un trámite opcional ni una formalidad
menor”, sino un deber legal aplicable por igual a todas las empresas.
“Al evitar cumplirla, las
partes ponen en riesgo a los consumidores y empresas que la ley busca
proteger”, agregó el organismo.
La sanción se inscribe en el
sector financiero, considerado por la autoridad como uno de los mercados
relevantes para la actividad económica y para la protección de condiciones
competitivas.
Con esta resolución, la CNA
afirmó que reafirma su compromiso de hacer cumplir las normas que promueven
mercados competitivos.
El comunicado oficial no
incluye una postura de Rappi o Banorte sobre la multa, pero advierte que ambas
partes sancionadas podrán interponer las acciones judiciales correspondientes
ante los tribunales especializados en la materia.