• El Consejo General removió a Alejandro Palacios Espinosa tras acreditarse una causal prevista en la ley electoral.
La Paz, Baja California Sur.—
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la destitución
de Alejandro Palacios Espinosa como consejero presidente del Instituto Estatal
Electoral (IEE) de Baja California Sur (BCS), al resolver un procedimiento de
remoción derivado de una denuncia por conductas que podrían constituir una
causal grave prevista en la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales (LGIPE).
La determinación se tomó
durante una sesión pública extraordinaria del Consejo General del INE, en la
que se analizó el expediente identificado con la
clave UT/SCG/PRCE/PMGC/CG/3/2025.
De acuerdo con el comunicado
oficial del organismo electoral, el procedimiento se declaró fundado al
acreditarse conductas relacionadas con la obtención de recursos
provenientes de actividades docentes, situación que encuadra en una de las
causales de remoción previstas en la normativa electoral.
El procedimiento se abrió a
partir de una denuncia que planteaba posibles irregularidades atribuibles al
funcionario electoral, relacionadas con actos que podrían encuadrar en
el artículo 102, párrafo segundo, de la LGIPE.
Esta disposición establece que
las consejeras y consejeros de los Organismos Públicos Locales Electorales
(OPLE) pueden ser removidos por el Consejo General del INE cuando incurran
en causas graves, entre ellas:
a) Realizar conductas que
atenten contra la independencia e imparcialidad de la función electoral o
generen subordinación respecto de terceros.
b) Tener notoria negligencia,
ineptitud o descuido en el desempeño de sus funciones.
c) Conocer de algún asunto o
participar en actos para los cuales se encuentren impedidos.
d) Realizar nombramientos, promociones o ratificaciones infringiendo las
disposiciones correspondientes.
e) Emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre asuntos de su
conocimiento.
f) Dejar de desempeñar injustificadamente las funciones que tengan a su cargo.
g) Violar de manera grave o reiterada las reglas, lineamientos o criterios
emitidos por el Instituto.
El Consejo General del INE
señaló que es la autoridad competente para determinar la permanencia o remoción
de integrantes de los órganos electorales locales cuando se acredita alguna de
estas causales.
La resolución fue adoptada
por unanimidad de las consejerías presentes, en una sesión encabezada por
la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala.
Con esta determinación, el
Instituto Nacional Electoral concluyó el procedimiento de remoción iniciado
contra Palacios Espinosa, lo que implica su separación del cargo al frente
del organismo electoral de Baja California Sur.