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Hoy es viernes, 13 de marzo de 2026

INE destituye al presidente del IEE de Baja California Sur

• El Consejo General removió a Alejandro Palacios Espinosa tras acreditarse una causal prevista en la ley electoral.

INE destituye al presidente del IEE de Baja California Sur

 

La Paz, Baja California Sur.— El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la destitución de Alejandro Palacios Espinosa como consejero presidente del Instituto Estatal Electoral (IEE) de Baja California Sur (BCS), al resolver un procedimiento de remoción derivado de una denuncia por conductas que podrían constituir una causal grave prevista en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

 

La determinación se tomó durante una sesión pública extraordinaria del Consejo General del INE, en la que se analizó el expediente identificado con la clave UT/SCG/PRCE/PMGC/CG/3/2025.

 

De acuerdo con el comunicado oficial del organismo electoral, el procedimiento se declaró fundado al acreditarse conductas relacionadas con la obtención de recursos provenientes de actividades docentes, situación que encuadra en una de las causales de remoción previstas en la normativa electoral.

 

El procedimiento se abrió a partir de una denuncia que planteaba posibles irregularidades atribuibles al funcionario electoral, relacionadas con actos que podrían encuadrar en el artículo 102, párrafo segundo, de la LGIPE.

 

Esta disposición establece que las consejeras y consejeros de los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) pueden ser removidos por el Consejo General del INE cuando incurran en causas graves, entre ellas:

 

a) Realizar conductas que atenten contra la independencia e imparcialidad de la función electoral o generen subordinación respecto de terceros.

b) Tener notoria negligencia, ineptitud o descuido en el desempeño de sus funciones.

c) Conocer de algún asunto o participar en actos para los cuales se encuentren impedidos.
d) Realizar nombramientos, promociones o ratificaciones infringiendo las disposiciones correspondientes.
e) Emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre asuntos de su conocimiento.
f) Dejar de desempeñar injustificadamente las funciones que tengan a su cargo.
g) Violar de manera grave o reiterada las reglas, lineamientos o criterios emitidos por el Instituto.

 

El Consejo General del INE señaló que es la autoridad competente para determinar la permanencia o remoción de integrantes de los órganos electorales locales cuando se acredita alguna de estas causales.

 

La resolución fue adoptada por unanimidad de las consejerías presentes, en una sesión encabezada por la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala.

 

Con esta determinación, el Instituto Nacional Electoral concluyó el procedimiento de remoción iniciado contra Palacios Espinosa, lo que implica su separación del cargo al frente del organismo electoral de Baja California Sur.