• Las iniciativas en materia de pueblos indígenas, protección animal y maíz nativo siguen atoradas.
Estado de México. - A pesar de
la prisa que imprimió para aprobar nuevas disposiciones
constitucionales en materia de pueblos indígenas, protección animal y
maíz nativo, el Congreso
de la Unión violó la Constitución al no cumplir con
su obligación de emitir las leyes generales correspondientes,
por lo que las tres reformas no tienen regulación para su aplicación total.
Además, de manera
inédita, tiene congelada desde hace un año una reforma
constitucional que ya cuenta con el apoyo de todos los congresos
estatales, pero que el Senado se niega a declarar válida, por lo que las
disposiciones constitucionales en materia de salarios mínimos no
pueden ser aplicadas.
Hoy lunes cierra formalmente
el primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de
trabajo de la LXVI Legislatura y los senadores y diputados federales
dejaron en el olvido las leyes que harán realidad las reformas constitucionales
en materia de comunidades indígenas, cuidado animal y protección del maíz
nativo.
Ninguna de las comisiones de
trabajo de ambas cámaras del Congreso registró
avances sobre estos tres temas.
En vigor desde el 1 de octubre
del 2024, es decir, desde hace 14 meses, la reforma constitucional en
materia de protección de pueblos indígenas y afromexicanos
debía contar con su ley general desde abril del 2025, pero dadas las diferencias
que existen entre los grupos de trabajo, senadores y el Instituto Nacional de
Pueblos Indígenas, todavía no se ha podido concretar.
De acuerdo con el propio
ordenamiento constitucional la Ley General debe regular, entre otros
temas, la disposición de que los pueblos indígenas elijan, de acuerdo con
sus sistemas normativos, a las autoridades o representantes para el
ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando que las
mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y
ser votados en condiciones de igualdad.
Así como a acceder y
desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los
que hayan sido electos o designados, en un marco que respete el pacto federal,
la soberanía de los Estados y la autonomía de la Ciudad de México. En ningún caso,
sus sistemas normativos limitarán los derechos político-electorales de los y
las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales.
Un año sin ley
general en materia de protección y bienestar animal
En tanto, la reforma
constitucional en materia de protección y bienestar animal está
en vigor desde el 3 de diciembre del 2024; es decir, ya tiene un año, y desde
junio debía contar con su ley general, pero el Congreso de la Unión no
cumplió.
La reforma constitucional
consiste en ordenar que “queda prohibido el maltrato a los animales.
El Estado mexicano debe garantizar la protección, el trato adecuado, la
conservación y el cuidado de los animales, en los términos que señalen las
leyes respectivas”.
Y el régimen transitorio
instruye al Congreso de la Unión a “expedir la Ley General en Materia
de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, considerando su naturaleza,
características y vínculos con las personas, la prohibición del maltrato en la
crianza, el aprovechamiento y sacrificio de animales de consumo humano y en la
utilización de ejemplares de vida silvestre en espectáculos con fines de lucro,
así como las medidas necesarias para atender el control de plagas y riesgos
sanitarios”.
En junio de este año sólo se
aprobó una parte de esas instrucciones constitucionales sobre mamíferos
marinos, pero sin que se emitiera la Ley General.
El Congreso de la Unión
prohibió el espectáculo con delfines, focas, lobos marinos y todo tipo de
mamíferos marinos y sólo se permitirá su posesión a los espacios de
conservación y reproducción de especies, así como a los centros de
investigación científica, siempre y cuando estén respaldados por las
universidades e instituciones de educación superior.
La reforma dice que “queda
prohibida la reproducción de los ejemplares de mamíferos marinos, salvo lo
establecido en la fracción I del párrafo segundo del presente artículo. Para el
caso de los ejemplares de mamíferos marinos destinados a la reintroducción o
repoblación, estos no podrán ser objeto de exhibición ni de actividades con
fines de lucro.
Dispone que “ningún ejemplar
de mamífero marino puede ser sujeto de aprovechamiento extractivo, con
excepción de la captura que tenga por objeto la investigación científica con
fines de protección y conservación de dicha especie y población. La investigación
debe ser realizada o avalada por una institución académica o de investigación
con registro oficial y contar con un protocolo autorizado por la Secretaría”.
Pero todo lo referente al
resto de los animales salvajes, de compañía o de trabajo no está regulado,
pese a que está ordenado por la propia Constitución.
Semillas y la
reforma sobre el maíz nativo
Y de la reforma sobre el
maíz nativo, la Constitución dice que el cultivo del maíz en
el territorio nacional “debe ser libre de modificaciones
genéticas producidas con técnicas que superen las barreras naturales de la
reproducción o la recombinación, como las transgénicas.
“Todo otro uso del maíz
genéticamente modificado debe ser evaluado en los términos de las disposiciones
legales para quedar libre de amenazas para la bioseguridad, la salud y el
patrimonio biocultural de México y su población. Debe priorizarse la protección
de la biodiversidad, la soberanía alimentaria, su manejo agroecológico,
promoviendo la investigación científica-humanística, la innovación y los
conocimientos tradicionales”, dice.
Ordena al Congreso de la
Unión a expedir “la legislación reglamentaria para planear, organizar y
monitorear la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización,
considerándolas de interés público”, que no se ha cumplido, pese a que ya
pasaron también los seis meses de plazo constitucional que tenía.
Sobre la reforma
constitucional en materia de salario mínimo
Sobre la reforma
constitucional en materia de salario mínimo, sólo los diputados federales y los
senadores de Movimiento Ciudadano han realizado diversas peticiones formales al
Senado para que realice la declaratoria de validez constitucional que tiene
congelada desde noviembre del 2024, y pese a la insistencia, el Senado no
cumple con su obligación y no ofrece explicación precisa sobre los fundamentos
legales para frenar una reforma que ya tiene el respaldo de todo el llamado
Constituyente Permanente, que está integrado por los 32 congresos de las
entidades federativas.