• El órgano electoral ajustó el monto original tras una revisión técnica ordenada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), luego de que el partido guinda impugnara la sanción.
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Estado de
México. - El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) discutirá
este lunes dos proyectos de resolución que imponen multas al partido
Morena por 21.6 millones de pesos, debido a que no entregó mediante el
sistema de fiscalización los informes de gastos de precampaña de las
diputaciones y senadurías federales del proceso electoral 2023-2024.
El proyecto
señala que, debido a esta omisión de procedimiento, el INE no pudo
comprobar ni investigar los gastos correspondientes en tiempo y forma.
El partido
guinda debería haber entregado los informes de gastos de carteleras,
bardas, mantas y espectaculares de las campañas federales de 2024 a través
del sistema de fiscalización.
Las sanciones
ya habían sido impuestas en 2024, pero Morena las impugnó ante la
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
(TEPJF), que ordenó al órgano electoral que las revisara y, en su caso, las
justificara.
Morena
argumentó que sí había reportado los gastos. Sin embargo, el INE señala que, al
no haberlo hecho mediante los mecanismos establecidos para tal efecto, no
se pudo ejercer la fiscalización sobre los mismos. No obstante, el INE
descontará un millón de pesos al monto inicial, que en lugar de ser de
21.7 millones de pesos será de 21.6 millones de pesos.
En el primer
expediente del caso, el INE estableció una multa inicial de 4 millones 568 mil
pesos que, tras la revisión ordenada por el Tribunal Electoral,
se redujeron a 3 millones 423 mil 420 pesos.
En el caso
del segundo expediente, la sanción inicial fue de 18 millones 202 mil 58 pesos,
que tras la revisión será de 18 millones 190 mil 630 pesos.
Si el Consejo
General aprueba las multas, estas serán descontadas de la ministración del
partido, a la que se le reducirá el 25% hasta que se cubra el monto total.
Uno de los
proyectos señala que no sancionar estas conductas “supondría un
desconocimiento, por parte de esta autoridad, a la legislación electoral
aplicable en materia de fiscalización y financiamiento de los sujetos
obligados, así como a los principios de certeza, legalidad, independencia,
imparcialidad, objetividad y transparencia que deben guiar su actividad”.