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Hoy es jueves, 28 de marzo de 2024

Llega el primer veto del gobernador a un decreto de la XVI Legislatura

En el Congreso ya se recibió y turnó a comisiones para las correcciones pertinentes, que se aseguran solamente son de carácter técnico.

Llega el primer veto del gobernador a un decreto de la XVI Legislatura

La Paz, Baja California Sur.- El Congreso de Baja California Sur (BCS) recibió el primer veto por parte del gobernador del estado, Víctor Manuel Castro Cosío. Se trata de un veto parcial del decreto 2789 mediante el cual se reforma el artículo 8 de la Ley de Catastro para los municipios de la entidad.


 Durante la sesión pública ordinaria celebrada este martes, se dio lectura al documento y la mesa directiva del primer periodo de sesiones le dio trámite, turnándose a la Comisión Permanente de Asuntos  Fiscales y Administrativos para que se realicen las modificaciones de acuerdo con las observaciones del ejecutivo estatal.

 

El jefe del ejecutivo estatal observó la necesidad de una palabra para no dejar abierta la posibilidad de que los Ayuntamientos no cumplan con presentación las cuotas y tarifas de las tablas catastrales, sino que se establezca como una obligación.

 

Se advierte que el incremento inflacionario que se está considerando en dicho decreto podría afectar la economía de las familias sudcalifornianas y se tiene que considerar la afectación que ha tenido la economía sudcaliforniana por la pandemia del Covid-19.

 

El diputado José María Avilés afirmó que en el veto se hacen consideraciones de tipo técnico y se espera que en breve se hagan las correcciones.

 

Sostuvo que las tablas catastrales se tienen que revisar cada año, precisamente para no afectar a la economía familiar.

 

Por su parte, el diputado Luis Armando Díaz, quien fue el que presentó esta propuesta, respondió  que no promueve el incremento al impuesto predial, ni planea interferir en la recaudación de los ayuntamientos.

 

Puntualizó que propone ampliar la temporalidad para las administraciones entrantes para la presentación de propuestas de tablas de valores catastrales, toda vez que no corresponde al poder legislativo, si no a los ayuntamientos como lo establece el artículo 115 constitucional.