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Hoy es martes, 23 de abril de 2024

Concede SCJN al gobernador suspensión de juicio político contra 8 diputados

De acuerdo al incidente de la suspensión de la controversia constitucional 84/2020, la SCJN dijo no haber seguridad ni certeza jurídica en la integración del Congreso de BCS

Concede SCJN al gobernador suspensión de juicio político contra 8 diputados

La Paz, Baja California Sur. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó suspender la sentencia del juicio político 02/2020 emitida por el Congreso de Baja California Sur (BCS), a petición del gobernador Carlos Mendoza Davis. Esto de acuerdo al incidente de suspensión de la controversia constitucional 84/2020, cuya notificación emitió este 23 de septiembre, luego que el mandatario amplió sus demandas contra el Poder Legislativo, tras la destitución de 5 diputados y amonestación de otros 3.


Esto en favor de los destituidos: Rigoberto Murillo Aguilar, Elizabeth Rocha Torres, Daniela Viviana Rubio Avilés, Perla Guadalupe Flores Leyva y Lorenia Lineth Montaño Ruíz. Tal hecho ocurrió el 22 de agosto, al ser enjuiciados y removidos de sus cargos, e incluso inhabilitados por 2 años para el servicio público.


Se incluyó además una amonestación y llamado a “no reincidir en diversas conductas” para: José Luis Pérpuli Drew, Anita Beltrán Peralta y Marisela Pineda García, que conservan el curul. Pero el Máximo Tribunal determinó la necesidad de anular dicha sanción ejecutada, hasta no obtener una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad del juicio político.


“Ha lugar a conceder la medida cautelar para que se suspendan los efectos y consecuencias de las sesiones del Congreso de BCS, cuya invalidez solicita”, expone el Máximo Tribunal. “Se reitera, que existe una situación de inseguridad jurídica derivada de la existencia de 2 grupos que se ostentan como titulares de la Mesa Directiva”, agregó.


Aunque detalló que esta medida estará vigente en tanto el recurso de queja por exceso o defecto 3/2020 interpuesto por el gobernador Carlos Mendoza sea analizado y concluido. Lo anterior a efecto de que los poderes Ejecutivo y Legislativo puedan continuar ejerciendo “en forma plena” sus atribuciones.


La SCJN determinó además que estos actos tienen conexidad con las controversias constitucionales 45/2020, 63/3030 y 64/2020, y actuó sin prejuzgar el fondo del asunto y ante la falta de seguridad y certeza jurídica declarada por el gobernador.