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Hoy es viernes, 19 de abril de 2024

SCNJ salva al Secretario de Finanzas de juicio político

Se concedió la suspensión solicitada por el Gobernador Mendoza contra el Congreso BCS, tras ampliar su controversia constitucional 84/2020

SCNJ salva al Secretario de Finanzas de juicio político

La Paz, Baja California Sur.- No podrá ejecutarse sentencia contra Isidro Jordán Moyrón, titular de la Secretaría de Finanzas y Administración (Secfin) bajo ningún juicio político, ordenó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en su acuerdo dentro del incidente de suspensión 84/2020.


Esto en cumplimiento a la ampliación de demanda y solicitud del gobernador de Baja California Sur (BCS), Carlos Mendoza Davis ante el Alto Tribunal, luego de una “crisis política y legal” en el Poder Legislativo que acusa,  agravió su función legislativa como Ejecutivo y no promulgará sus acuerdos.


Acusó el gobernador que se inició de manera “indebida” un juicio político a Isidro Jordán Moyrón, y lo respaldó al señalar nula e ilegal la sesión privada extraordinaria del 6 de marzo, en donde 12 diputados destituyeron a Julio César López Márquez como titular de la Auditoría Superior del Estado (ASE).


Por ello la SCJN determino 2 acuerdos:


1.       “Suspender” el juicio político iniciado al secretario, pero también al Subsecretario de Finanzas y al Director de Política y Control Presupuestario, todos de la Secfin.

2.       “Suspender” los efectos de la sesión pública extraordinaria del 29 de junio, donde se reforman disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo.


Esto por considerar que los actos están directamente vinculados con un escrito inicial, en donde el gobernador aduce violaciones a la Constitución Federal.


Además se establece una conexión con controversias constitucionales 45/2020, 63/2020 y 64/2020, por lo que se determinaron algunas decisiones, tomando en cuenta todo lo dicho por el mandatario sudcaliforniano.


Señaló el ministro Alberto Pérez Dayan, “procedente” conceder esta “medida cautelar”, en referencia al juicio político 3/2020 iniciado contra los funcionarios estatales, luego de no depositar en las cuentas nuevas de Julián Galindo Hernández, nuevo titular de la ASE desde el 6 de marzo.


“Concretamente para el Congreso demandado, no ejecute la resolución que llegue a dictar en este. Es decir, no se suspende la tramitación de este juicio”, dice la corte.


“Pero sí la ejecución de la resolución […] en otras palabras, la medida cautelar otorgada no impide que el congreso ejercer las atribuciones que le da la Constitución Federal y de la Entidad”, añade.


Toda vez que frenar el juicio político y su trámite sería una afectación a la institución jurídica fundamental del Estado Mexicano, que representa el Poder Legislativo.


“La medida se limita a que no se ejecute la resolución que hice llegue a dictar en el juicio político combatido, hasta en tanto la Suprema Corte resuelva sobre su constitucionalidad”, señalan.


Por otro lado, dictan procedente suspender los efectos legales de la sesión pública ordinaria virtual del 29 de junio de 2020, donde se aprueba diversas reformas a la Ley Orgánica del Congreso BCS.


Esto al considerar uno de los “argumentos torales” de Carlos Mendoza, que es la “inseguridad jurídica” que alude, al existir 2 grupos confrontados ostentándose como titulares de la Mesa Directiva.


“Porque en el proveído de 29 de mayo de 2020 de este sumario se ordenó la reanudación de los trabajos legislativos a partir de la sesión de 17 de marzo”, señala la corte.


Por otro lado expone que si bien el Congreso exhibió constancias “tendientes a acreditar el cumplimiento de la medida cautelar”, el gobernador también interpuso un recurso de queja “por exceso o defecto” interpuesto con el número 3/2020.


“Por lo tanto la validez de los efectos de la sesión que ahora nos ocupa dependerá de lo que se resuelve en ese medio de impugnación”, señala además.


Es por ello que la suspensión solicitada por el Gobierno BCS, únicamente se concede para “los efectos precisados” por la SCJN, con las cautelas ya mencionadas.


“La medida de suspensión surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna sin perjuicio de que pudiera modificarse o rebuscarse derivada de algún hecho superveniente conforme a lo previsto por el artículo 17 de la ley reglamentaria”, señala la Corte.


Se tendrá por notificado a los “2 titulares” que alude el gobernador para la Oficialía Mayor: Marcos Emiliano Pérez Beltrán y Luis Martín Aguilar Flores.


Así como a las “2 presidentas” de la Mesa Directiva: María Mercedes Maciel Ortiz y Daniela Viviana Rubio Avilés.


El gobernador, en esta ampliación de demanda, desconoce la validez de la sesión privada extraordinaria del 6 de marzo de 2020, en donde se destituyó a la diputada Lorenia Lineth Montaño Ruíz (PES) como presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política por 13 diputados.


Tampoco reconoce la destitución del diputado Rigoberto Murillo Aguilar (PES) como presidente de la Comisión de Cuenta y Administración, ni de María Francisca Covarrubias Sánchez como Directora de Finanzas del Congreso BCS.


Considera inválidos además los juicios políticos iniciados a los 8 diputados de oposición, por el ciudadano Pedro Magallón Sui-Qui, en donde acusó el Congreso ya está “erigido en jurado de sentencia”.


Tampoco reconoce la destitución de Julio César López Márquez, como titular de la ASE; lo que derivó en el juicio político en mención de este documento.