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Hoy es martes, 23 de abril de 2024

Confirma INAH BCS daño a inmueble histórico en SJC

• Hay consecuencias legales para los responsables

Confirma INAH BCS daño a inmueble histórico en SJC

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San José del Cabo, Baja California Sur.- Luego de que el pasado 15 de julio, Tabita Rodríguez Morales, en su carácter de presidenta de la Comisión Edilicia de Planeación y Desarrollo Urbano, hiciera del conocimiento y solicitara la intervención Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) en Baja California Sur, sobre la demolición del inmueble ubicado a un costado de la Presidencia Municipal, con el oficio TR/XIR/XIII/209/2019, éste confirmó que en ningún momento tuvieron su permiso para poder demoler el inmueble colindante de uno de los monumentos históricos más importantes de Los Cabos, como lo es el Palacio Municipal y por lo que, transgrede la ley.

“Es necesario y urgente, se restituya la edificación en el sitio y que se rescate el resto de la construcción que se encuentra en la esquina (Blvd. Mijares y Zaragoza) [...] En el área demolida y en la colindancia mencionada se debe realizar un proyecto que contenga los elementos  arquitectónicos que dignifiquen y mejoren dicho espacio sin alterar los valores tradicionales", detalla parte del oficio respondido por Humberto Carrillo Ruvalcaba, Director del Centro INAH-BCS.

Precisó Rodríguez Morales sobre la respuesta vía oficio recibida el 22 de julio, que el inmueble demolido era una edificación histórica y que pese a algunas modificaciones que haya podido tener en el tiempo transcurrido desde su creación hasta la actualidad, no pierde el sentido de ser parte de la historia del poblado de San José del Cabo y que debería haberse conservado o en su defecto, realizar obras de adecuación para su preservación, sin embargo, no fue así y se demolió en su totalidad.

Es en ese sentido, la onceava regidora advirtió que las consecuencias legales para cualquier medio que dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, 

artístico o histórico, son que se le impondrá prisión de tres a diez años y multa hasta por el valor del daño causado y cuando no sea intencional, se estará a lo dispuesto en el capítulo de aplicación de sanciones a los delitos culposos.