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Hoy es viernes, 29 de marzo de 2024

Individuo que atropelló a mujer en su casa, enfrentará proceso en libertad

La Paz, Baja California Sur.- El trágico accidente que se reportó en las calles Tuparam e Ignacio Ramírez, en el que un conductor en estado de ebriedad se estrelló contra un domicilio, arrebatando al vida de una joven

Individuo que atropelló a mujer en su casa, enfrentará proceso en libertad

La Paz, Baja California Sur.- El trágico accidente que se reportó en las calles Tuparam e Ignacio Ramírez, en el que un conductor en estado de ebriedad se estrelló contra un domicilio, arrebatando al vida de una joven de 26 años de edad, ha sido una de las noticias que más impacto ha causado en la sociedad sudcaliforniana. Esta semana, las autoridades que llevan el caso dieron a conocer que el imputado en el delito de homicidio culposo y daños, ha quedado vinculado a proceso, sin embargo, enfrentará el juicio en libertad. “En la audiencia, el Juez de Control vinculó a proceso al imputado, determinó medidas cautelares que le obligan a firma periódica semanal y le impide salir del estado. Otorgó un plazo de 4 meses para la investigación complementaria”, especificó un boletín de la Procuraduría. El Procurador de Justicia, Erasmo Palemón Alamilla Villeda fue entrevistado sobre este tema, ante los cuestionamientos de la prensa, el funcionario aseguró que estas decisiones son responsabilidad del juez encargado del caso. “Queda en jurisdicción del juez a pedido del Ministerio Público, del asesor jurídico de la víctima y también escuchando a la defensa”, señaló. Alamilla Villeda explicó que el hecho de que una persona esté vinculada a proceso quiere decir que ya se está haciendo la investigación bajo la potestad de un juez. Se tiene que hacer una investigación inicial a cargo del Ministerio Público y una investigación complementaria, siendo el auto de vinculación lo que divide a una de la otra. Se comete el hecho que la ley señala como delito, el Ministerio Público tiene que ir ante el juez cuando considera que tiene pruebas suficientes, el juez recibe la carpeta de investigación realiza las diligencias previas, la audiencia inicial y si hay elementos se vincula a proceso. “Ahí se suspende la investigación inicial y surge la investigación complementaria, pero insisto: Ya no en la potestad del Ministerio Público, ahora en la potestad, autoridad del juez, para que el tiempo que el juez considere se concluya esa investigación complementaria y en su caso se pueda formular la acusación”, dijo. “Es una cuestión que tenemos que puntualizar, el Código y la Constitución hablan de prisión preventiva oficiosa, esto es que aunque no se pida por el Ministerio Público, el juez tiene que decretarla”, explicó. “Las demás quedan a criterio de que si no es prisión preventiva oficiosa, el juez establecerá qué medida cautelar va a aplicar, si de prisión preventiva si alguna medida de firma, alguna garantía económica o no acercarse a las casas de las víctimas, no salir de la ciudad, en pocas palabras medidas cautelares”, argumentó. En diversas ocasiones, autoridades del Nuevo Sistema de Justicia Penal han señalado que las medidas cautelares de este tipo no pueden aplicarse a imputados de delitos graves, como homicidios, violaciones o secuestros. Sin embargo, según información de la Procuraduría, en las últimas reformas los homicidios culposos fueron quitados de la lista de delitos graves o de alto impacto.

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