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Hoy es martes, 14 de mayo de 2024

Por cada prenda que venda la casa de empeño el pignorante debe recibir un porcentaje: PROFECO

Dionicio Lara Lucero La Paz, Baja California Sur.- La Delegación de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) advirtió ayer que todo pignorante tiene derecho a recibir la “Demasía” lo cual consiste en un

Por cada prenda que venda la casa de empeño el pignorante debe recibir un porcentaje: PROFECO

Por cada prenda que venda la casa de empeño el pignorante debe recibir un porcentaje PROFECO Dionicio Lara Lucero La Paz, Baja California Sur.- La Delegación de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) advirtió ayer que todo pignorante tiene derecho a recibir la “Demasía” lo cual consiste en un porcentaje de las ganancias por la venta del bien que haya depositado en una Casa de Empeño, esto es en caso de que la prenda se venda, “y siempre y cuando se paguen los adeudos correspondientes”, señaló, y en este tipo de casos recomendó mejor acudir a instituciones de asistencia social que presten este servicio, ya que: “suelen contar con menores porcentajes en sus tasas de interés”, dijo.

Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO)

Al respecto, el Delegado en Baja California Sur licenciado Isaías González Nava, quien admitió que en la mayoría de los casos la gente desconoce estos procedimientos, precisó que en su defecto los interesados pueden acudir a diferentes proveedores “para que realicen una valoración y puedan comparar los servicios y condiciones que ofrecen”. El funcionario explicó que regularmente ya pasadas las fiestas decembrinas, sobreviene la ya famosa “cuesta de enero”, aunque “las malas rachas duran en ocasiones hasta febrero o marzo y es cuando mayormente la gente acude a las casas de empeño”, aunque a veces lo hace una vez pasadas las temporadas vacacionales. En el mismo caso, hizo saber que algunas de estas casas ofrecen prestar hasta un 80 por ciento del dinero por el que sea valuada la prenda, sin embargo, aclaró que el préstamo promedio va del 25 al 45 por ciento del valor de la prenda. Finalmente dijo que todos los proveedores de crédito prendario, además de lo prestado, cobran sus servicios (intereses) donde también incluyen costos como seguro contra robo, almacenaje, IVA, Etc., precisando que de acuerdo al artículo 65 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor las casa de empeño deben inscribirse al Registro Público de la Casa de Empeño “y también están obligadas a registrar su contrato ante la PROFECO”.

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