• La propuesta establece una pena de 50 a 70 años de prisión para quien prive de la vida a una mujer por razones de género.
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Estado de México. - La presidenta
Claudia Sheinbaum firmó y envió al Congreso de la Unión la iniciativa con
proyecto de decreto para expedir la Ley General para Prevenir,
Investigar y Sancionar el Delito de Feminicidio, una propuesta
que busca homologar la tipificación de este delito y fortalecer su
investigación y sanción en todo el país.
La propuesta busca unificar
los criterios con los que las 32 entidades federativas regulan el feminicidio,
situación que, según el documento, genera deficiencias en las investigaciones,
pérdida de indicios y la posible clasificación errónea de algunos casos como
suicidios u homicidios.
La propuesta establece una
pena de 50 a 70 años de prisión para
quien prive de la vida a una mujer por razones de género.
El proyecto contempla 10 razones de género para acreditar el delito
–Violencia sexual: Si La víctima
presenta signos de violencia sexual de cualquier tipo.
–Lesiones degradantes o infamantes:
La víctima presenta lesiones previas o posteriores a la privación de la vida,
como ahorcamiento, estrangulamiento, sofocación, ahogamiento, mutilación,
desmembramiento, ataques con ácido o con sustancias químicas, inflamables o
corrosivas, así como actos de necrofilia.
–Antecedentes de violencia:
Existen antecedentes o datos de cualquier modalidad de violencia ejercida por
el agresor contra la víctima, sin importar si ocurrieron en el ámbito público,
privado o digital, ni si fueron denunciados previamente.
–Relación previa: Existe o
existió entre el agresor y la víctima una relación de pareja, sentimental,
afectiva, de confianza, amistad, cuidados, parentesco, matrimonio, concubinato,
noviazgo o cualquier otra relación de hecho.
–Intento de establecer una relación:
El agresor pretendió o intentó establecer con la víctima una relación de
pareja, sentimental, afectiva, de confianza, amistad, cuidados o noviazgo.
–Privación de la libertad: La
víctima fue incomunicada, desaparecida o privada de la libertad antes de su
muerte.
-Exposición del cuerpo: El
cuerpo o los restos de la víctima fueron expuestos, arrojados, depositados,
enterrados o incinerados en un espacio público o de acceso público.
-Asimetría de poder: El
delito se comete en un contexto de subordinación o de relaciones de asimetría
de poder entre el agresor y la víctima.
-Prejuicios o estereotipos: El
crimen está motivado por prejuicios o estereotipos relacionados con la
orientación sexual, la expresión de género, la identidad de género o las
características sexuales de la víctima.
-Estado de indefensión: La
víctima se encontraba en una situación de desprotección real que
imposibilitaba, disminuía o inhibía por completo su capacidad de defensa.
Asimismo, prevé 19
circunstancias agravantes que permitirían incrementar la pena hasta en una
mitad.
Estas agravantes serían
aplicables, por ejemplo, cuando la víctima sea una
niña, una persona adulta mayor, una mujer con discapacidad, una periodista, una
defensora de derechos humanos o cuando el delito sea
cometido por un servidor público.
La iniciativa también propone
que la acción penal, las sanciones y la reparación del daño por feminicidio
sean imprescriptibles. Además, plantea impedir
que las personas sentenciadas accedan a beneficios de preliberación, reducción
de condena, amnistías o acuerdos reparatorios, así como
establecer consecuencias adicionales, entre ellas la pérdida de la patria
potestad y de los derechos sucesorios.
Investigación
con perspectiva de género
El proyecto establece que toda
muerte violenta de una mujer, incluso cuando inicialmente aparente ser un
suicidio o un accidente, deberá investigarse
desde el primer momento bajo la hipótesis de feminicidio y
con perspectiva de género.
Asimismo, fija plazos para su
implementación en caso de ser aprobada. La Fiscalía General de la República
(FGR) dispondría de 180 días hábiles para emitir el Protocolo Nacional
Homologado para la Investigación del Delito de Feminicidio, mientras que los congresos
estatales tendrían hasta 365 días naturales para armonizar sus respectivas
legislaciones.
La iniciativa también
incorpora medidas de reparación del daño dirigidas a las víctimas indirectas.
Entre ellas destaca la
creación del Registro Nacional de Niñas,
Niños y Adolescentes en Situación de Orfandad por Feminicidio,
el cual operaría en coordinación con el Sistema Nacional DIF para identificar a
los menores afectados y facilitar su acceso prioritario a servicios de salud,
atención psicológica, educación y asistencia social.
La propuesta firmada por
Sheinbaum dice que esta reforma no implicaría un impacto presupuestario
adicional ni será necesaria la creación de nuevas plazas ni de unidades
administrativas.