• Se otorgará mensualmente una pensión equivalente a 356 UMA, desde la fecha del fallecimiento y hasta por un periodo de 12 meses, propuesta por la diputada Guadalupe Vázquez
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La Paz, Baja California Sur. -
Familiares de elementos de seguridad pública caídos en el cumplimiento de su
deber podrán acceder a una pensión otorgada por el Gobierno del Estado, luego
de que la XVII Legislatura del Congreso del Estado expidiera la Ley para el
Otorgamiento de Pensión a Deudos de los Integrantes de las Instituciones de
Seguridad Pública del Estado y los Municipios de Baja California Sur (BCS),
propuesta por la diputada Guadalupe Vázquez Jacinto.
Se otorgará mensualmente una
pensión equivalente a 356 Unidades de Medida y Actualización (UMA), considerada
desde la fecha del fallecimiento y hasta por un periodo de 12 meses. El monto
original propuesto fue de 90 UMA, sin embargo, el titular del Poder Ejecutivo
en coordinación con la Mesa de Seguridad propuso elevarlo a las 356 veces el
valor de la UMA ($41 mil 672 pesos) que equivale a poco más de 500 mil pesos en
total anual, explicó en tribuna la iniciadora.
Diputadas y diputados avalaron
en votación unánime el dictamen de la Comisión Permanente de Seguridad Pública
que busca dar tranquilidad tanto a los elementos de dichas instituciones como a
sus familias, manifestándose el respaldo en tribuna las diputadas Teresita
Valentín (MORENA), Karina Olivas (PT), Lupita Saldaña (PAN), los diputados
Sergio Guluarte (MORENA), Fabrizio del Castillo (PRI) y la misma iniciadora
Guadalupe Vázquez.
Además de las instituciones de
seguridad estatales y municipales, se incluye en el beneficio el sistema
estatal penitenciario, de impartición de justicia, de protección civil y de los
cuerpos de bomberos.
Cabe precisar que la pensión
se otorgará con independencia de los seguros y prestaciones que ya se
encuentren consagrados a favor de los trabajadores.
Para que los deudos puedan
contar con la pensión, la ley estipula obligatorio que cada servidor designe a
sus beneficiarios en los formatos que las áreas de recursos humanos deberán
expedir para ello; en tanto que los deudos podrán reclamarla hasta transcurridos
noventa días naturales a partir del deceso.
Tanto la Secretaría de
Finanzas y Administración del Gobierno del Estado como las tesorerías
municipales deberán realizar la asignación de las partidas financieras, en un
plazo no mayor a 30 días naturales a partir de la entrada en vigor de la ley.