• La Cámara de Diputados busca una ley que unifique criterios para definir el delito de feminicidio y sus sanciones en todo el país
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Estado de México. -
La Cámara de Diputados declaró constitucional una reforma que faculta
al Congreso a expedir una ley general sobre feminicidio, tras recibir este
martes el aval de 27 congresos locales.
El proyecto reforma
el artículo 73 de la Constitución, con el fin de que el Congreso de
la Unión pueda emitir una ley general que establezca, como mínimo, los
tipos penales y las sanciones aplicables al delito de feminicidio.
Este paso en el marco legal
mexicano se da en un contexto de violencia, donde
el feminicidio es una de las principales problemáticas que enfrenta
México, con un promedio de diez mujeres asesinadas cada día.
Entre 2018 y 2025, se
registraron más de 26 mil 600 asesinatos de mujeres en México, de los
cuales solo 6 mil 781 fueron investigados como feminicidio, según
cifras oficiales.
La presidenta de la Mesa
Directiva de la Cámara de Diputados, Kenia López Rabadán, informó que, una
vez realizado el cómputo de los votos aprobatorios de la mayoría de las
legislaturas estatales y de la Ciudad de México, se emitió el proyecto de
declaratoria correspondiente.
“El Congreso de la Unión, en
uso de la facultad (…) declara reformado el artículo 73, fracción XXI, inciso
a) de la Constitución Política, en materia de feminicidio. Se remite a la
Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales”, señaló la declaratoria
leída en el recinto legislativo de San Lázaro.
Entre los congresos locales
que avalaron la reforma están el de Aguascalientes, Baja California, Baja
California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Estado de México,
Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla,
Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala,
Veracruz, Yucatán, Zacatecas y la Ciudad de México.
La reforma deriva de una
iniciativa presentada por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, que
ahora será enviada al Senado para su aprobación y posterior
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Con esto se abre la puerta a
la discusión de una ley que fije bases mínimas para definir el delito y
sus sanciones, sin que cada uno de los 32 estados mantenga criterios aislados y
distintos.
El Congreso deberá expedir esa
legislación dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor
de la reforma.
Mientras ello ocurre, las
disposiciones federales y estatales vigentes en materia
de feminicidio continuarán aplicándose hasta que entre en vigor la
nueva ley general.