• Propone también la obligación de denuncia y responsabilidad por omisión.
La Paz, Baja California Sur. -
Durante la primera sesión de la Diputación Permanente del Congreso de Baja
California Sur, el diputado Venustiano Pérez Sánchez (MORENA) propuso adicionar
los artículos 45 Bis y 46 Bis a la Ley de los Trabajadores al Servicio de los
Poderes del Estado y Municipios, a fin de establecer la suspensión preventiva
obligatoria de trabajadores del sector educativo y la obligación de los mismos
para interponer denuncia en casos de violencia y delitos sexuales contra niñas,
niños y adolescentes.
La propuesta legislativa fue
elaborada por la licenciada Valessia Estrada Taylor, en representación y como
coordinadora del grupo de orientación jurídica y psicólogos afines al
legislador, quienes buscan fortalecer la erradicación de la violencia sexual en
instituciones educativas del Estado.
La propuesta se armoniza con
los artículos 79 al 81 y 137 y 138 de la Ley de Educación del Estado de BCS,
presentada también por el legislador Pérez Sánchez, quien enfatizó que la
propuesta no criminaliza a quienes laboran en el sector educativo.
La propuesta establece
respecto a la Suspensión Preventiva Obligatoria en Casos de Violencia o Delitos
Sexuales contra NNA”, que “Cuando exista una denuncia penal, carpeta de
investigación iniciada, reporte policial homologado o noticia criminal que involucre
a un trabajador del sector educativo por hechos que puedan constituir delitos
sexuales, violencia, maltrato físico, psicológico o cualquier conducta que
vulnere la integridad de niñas, niños o adolescentes, la autoridad empleadora
deberá ordenar de manera inmediata la suspensión temporal del trabajador, sin
perjuicio de sus derechos laborales y sin menoscabo de su salario”.
Establece que dicha suspensión
no afecta derechos laborales ni implica una sanción, sino que se dirige
exclusivamente a proteger la integridad de los menores y preservar la
investigación penal.
Mediante la adición del
artículo 45 Bis, de la Obligación de Denuncia y Responsabilidad por Omisión”,
establece que “Las personas servidoras públicas del sector educativo tienen la
obligación de denunciar de manera inmediata y directa ante el Ministerio Público
o fiscalías cualquier hecho que pudiera constituir delito en perjuicio de
niñas, niños o adolescentes.