• El jefe de despachadores fue imputado por no supervisar la situación administrativa de los maquinistas; falta por detener al segundo operador del tren accidentado.
Fotogalería
Estado de México. - Los dos
operadores del Tren Interoceánico que se descarriló hace un
mes, el 28 de diciembre del año pasado, Felipe de Jesús Díaz Gómez y
Erasmo Canteros Méndez no contaban con licencia ferroviaria vigente al momento
del accidente, la cual debe ser otorgada por autoridades federales, de acuerdo
con las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR).
En las pesquisas y revisión de
las causas del accidente, que provocó la muerte de 14 personas, se
estableció que Felipe de Jesús Díaz Gómez no accionó una válvula de
frenado de emergencia al detectar que la máquina iba con exceso
de velocidad, al llegar al tramo de curvas, en el kilómetro Z 230 más 290,
de la ruta Salina Cruz-Coatzacoalcos, en el poblado de Nizanda, Oaxaca.
A Erasmo Canteros Méndez,
señalado como el operador de la máquina principal que arrastraba al convoy al
momento del accidente, se le señala como el responsable de acelerar
hasta los 65 kilómetros por hora (km/hr) en el tramo de curvas donde
descarriló el tren y al que deberían de llegar a una velocidad de 50 kilómetros
por hora.
Por estos hechos, la FGR
también imputó a Ricardo Mendoza Cerón, jefe de despachadores del
Tren Interoceánico, por no supervisar la situación
administrativa de los maquinistas, ni intervenir luego del
descarrilamiento que dejó 14 personas muertas y decenas de heridas.
Detienen a operador y jefe de despachadores
del Tren Interoceánico
La FGR judicializó la carpeta
de investigación por el descarrilamiento del Tren Interoceánico en diciembre
pasado y hasta el momento han sido detenidos Felipe de Jesús Díaz Gómez y Ricardo
Mendoza Cerón, por lo que queda pendiente de cumplimentar la orden de captura
en contra de Erasmo Canteros Méndez.
El martes, la titular de la
FGR, Ernestina Godoy, al presentar un informe sobre el avance de la
investigación por el descarrilamiento del Tren Interoceánico en Nizanda,
indicó que la carpeta de investigación se judicializó por los delitos de homicidio
y lesiones culposas, sin hacer referencia a las personas imputadas.
Hasta el momento, la principal
línea de investigación establece que el exceso de velocidad es la causa principal del descarrilamiento,
debido a que la máquina principal era operada con 15 kilómetros por
hora por arriba del límite permitido en la zona de curvas donde ocurrió el
accidente.
De acuerdo con las
investigaciones, se detectó, de acuerdo con los registros de la llamada “caja
negra” de la máquina que, en tramos rectos de la vía, se llegaron a
alcanzar hasta los 111 kilómetros por hora, cuando el límite en esos puntos de
la ruta es de 70 kilómetros por hora.
En la revisión al sistema
de frenos y otros sistemas la máquina; así como de la superestructura
y subestructura de la ruta del tren, incluidas vías, durmientes, balasto,
terraplenes, entre otros, no se encontraron fallas relacionadas
con el accidente.