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Hoy es viernes, 12 de diciembre de 2025

SCJN resuelve que se puede usar el hiyab en el trámite del pasaporte

• La Suprema Corte resolvió que se puede usar el hiyab, por parte de las mujeres musulmanas, o de otras prendas religiosas que no oculten su rostro, en el trámite del pasaporte

SCJN resuelve que se puede usar el hiyab en el trámite del pasaporte

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Estado de México. - Con una votación de ocho a favor, y el voto en contra de la ministra Lenia Batres Guadarrama, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunció por el derecho a profesar una religión y resolvió que se puede usar el hiyab, por parte de las mujeres musulmanas, o de otras prendas religiosas que no oculten su rostro, en el trámite del pasaporte.

 

En la sesión de este jueves se resolvieron los amparos en revisión 499/2024 y 418/2025, cuyos proyectos fueron elaborados, respectivamente, por la ministra Yasmín Esquivel Mossa y por el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz.

 

La discusión se centró en el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel, en relación con el caso en donde la Oficina de Pasaportes del Estado de Chihuahua le negó el trámite del documento a una mujer mexicana que profesa el islam, quien vestía esa prenda.

 

Al presentar su proyecto, la togada indicó que era la primera ocasión en que la SCJN se iba a pronunciar sobre la inconstitucionalidad de la prohibición del velo islámico en pasaportes.

 

“En este asunto no está en juego solamente el derecho de una mujer a obtener su pasaporte, en este caso la SCJN habla a nombre de todas las mujeres de México, a quienes se nos ha impuesto históricamente una carga adicional a la que tienen los hombres en todas las facetas de nuestra vida diaria.

 

“A lo largo de la historia las mujeres hemos tenido que derrumbar muros y esquivar obstáculos para lograr un objetivo que normalmente los hombres no tienen que sufrir, vivir en libertad, en igualdad con dignidad”, afirmó la ministra Esquivel Mossa.

 

La ministra ponente explicó que, en este caso, la quejosa que tramitó el amparo necesita del pasaporte ante una oferta de trabajo en Kuwait, por lo que se está afectando su desarrollo personal.

 

“Esta es una oportunidad histórica para que este alto tribunal proteja los derechos de las mujeres para decidir lo que por esencia nos pertenece; tener suficiente libertad para elegir profesar una religión o a no tener una religión.

 

“Contar con la libertad para vivir conforme a los dictados de nuestra conciencia y de la religión que decidamos seguir y, por supuesto, tener la oportunidad de desarrollar nuestros planes de vida y trabajos, sin sufrir discriminación por nuestra condición de género y religión”, afirmó la ministra Yasmín Esquivel.

 

Demagogia

 

Al presentar sus argumentos en contra del proyecto, la ministra Lenia Batres Guadarrama calificó de retóricos los argumentos para el uso del hiyab, sin tomar en cuenta los factores de seguridad nacional que se establecen en la expedición de documentos,

 

“En la impartición de justicia es importante poner atención a las retóricas jurisdiccionales del momento; existe una recurrencia a este tipo de argumentaciones que considero, con todo respeto, tienen a la demagogia en tanto que por pretender un derecho terminan desconociendo los derechos de los titulares y de otras personas”, dijo la ministra Batres.

 

Incluso, la togada planteó que, de aceptarse de uso del velo islámico, se abría la puerta a otras manifestaciones de tipo religioso, que van en contra de las normas mexicanas.

 

 “Se llegaría a extremos de permitir la poligamia ante el Registro Civil, los sacrificios de animales por prácticas de santería; el sometimiento de niñas y niños a prácticas religiosas; la mutilación genital que prevén algunas religiones actualmente, la prohibición de trasfusiones de sangre, entre otros ejemplos que hoy en día no son compatibles con el orden público mexicano”, afirmó la ministra Batres.

 

El Pleno de la SCJN precisó que la regla de aparecer con la cabeza descubierta no puede aplicarse de manera rígida para las mujeres musulmanas, cuando la identificación es plenamente posible con el velo que permite el rostro descubierto, garantizando el derecho a la libertad religiosa y la no discriminación.

 

El proyecto del ministro Aguilar Ortiz se sumó al anterior, por ser similar, ante un caso ocurrido en una oficina de pasaportes en la Ciudad de México.