• Dicha iniciativa fue presentada en sesión ordinaria por el diputado Fabrizio del Castillo Miranda, para armonizarlas a nuestra Carta Magna.
La Paz, Baja California Sur. -
Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y de Vigilancia
de la Auditoría Superior de Estado del Congreso del Estado, analizan desde
ahora la iniciativa para actualizar y armonizar el contenido de diversos
artículos tanto de la Constitución Política como de la Ley de Fiscalización y
Rendición de Cuentas del Estado de Baja California Sur (BCS).
Dicha iniciativa fue
presentada en sesión ordinaria por el diputado Fabrizio del Castillo Miranda,
para armonizarlas con nuestra Carta Magna.
En ese sentido, el Congreso
designará al titular de la Auditoría Superior del Estado (ASEBCS) por el voto
de al menos las dos terceras partes de los integrantes presentes de la
legislatura.
La ley determinará el
procedimiento para su designación; durará en su encargo siete años y podrá ser
nombrado nuevamente por una sola vez y removido, exclusivamente, por las causas
graves que la ley señale, con la misma votación requerida para su nombramiento,
o por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Noveno
de esta Constitución.
Para la fiscalización de la
cuenta pública, la ASEBCS tendrá las atribuciones siguientes: Verificar que las
operaciones que realicen las entidades fiscalizadas sean acordes con la Ley de
Ingresos y el Presupuesto; ejercerá autónomamente su presupuesto aprobado con
sujeción a las disposiciones de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria del Estado de Baja California Sur, el Presupuesto de Egresos del
Estado correspondiente y las demás disposiciones que resulten aplicables.
Los entes públicos rendirán
directamente por vía electrónica en los formatos autorizados a la ASEBCS, los
informes mensuales, dentro de los 30 días naturales posteriores a la conclusión
del mes de que se trate, debiendo la ASEBCS para tales efectos, publicar en su
página de internet al día natural siguiente el correspondiente acuse de
recibido, o en su caso, en la fecha en que los informes mensuales sean rendidos
de forma extemporánea.