• Así mismo a los cinco ayuntamientos del Estado para que se considere el otorgamiento de be-cas especiales para el uso gratuito de instalaciones deportivas públicas a las personas deportistas con discapacidad.
La Paz, Baja
California Sur. - A efectos de tutelar y garantizar el derecho de las personas
con discapacidad a la cultura física y a la práctica del deporte, la Mesa
Directiva de la Diputación Permanente turnó a las Comisiones Unidas del Deporte
y Atención a Grupos Vulnerables y Personas con Discapacidad, el punto de
acuerdo presentado por la diputada Dalia Verónica Collins Mendoza, que busca
exhortar al director general del Instituto Sudcaliforniano del Deporte
(INSUDE), Noé Fiol Verduzco, y a las autoridades deportivas de los cinco
municipios de Baja California Sur (BCS), para que consideren el otorgamiento de
becas deportivas y uso gratuito de las instalaciones a personas con
discapacidad mayores de 23 años.
La finalidad,
indicó Collins Mendoza en tribuna, es eliminar la barrera económica que limite
o excluya la participación, y atente contra los principios de inclusión,
igualdad de oportunidades y derechos humanos, permitiendo garantizar la
inclusión efectiva de las personas con discapacidad en cualquier actividad
deportiva.
Por lo que,
se buscará que el INSUDE otorgue becas mensuales para las personas deportistas
con discapacidad mayores de 23 años, que obtengan medallas en las diversas
competencias paraolimpicas nacionales e internacionales; que se flexibilicen
los requisitos contenidos en las convocatorias para la obtención de dichas
becas y que se garantice su difusión entre las personas deportistas con
discapacidad para que estos puedan tener acceso a las mismas; que se considere
el otorgamiento de becas especiales para el uso gratuito de instalaciones
deportivas públicas a las personas deportistas con discapacidad, en cualquiera
de las categorías o disciplinas que practiquen, y en el caso particular del
Gimnasio de Usos Múltiples “Emilio Milo Mendoza Möuett”, se otorguen becas de
uso gratuito de las instalaciones y que durante el presente ejercicio fiscal no
se lleven a cabo aumento cobro o tarifa de acceso, uso, inscripción o
aprovechamiento por el uso de la alberca de dicho centro deportivo.