• Por unanimidad de votos, el INE decidió mantener las 26 candidaturas que el Senado pide cancelar; ésta fue la razón.
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Estado de México.
- El Consejo General del INE negó oficialmente al Senado la cancelación
de 26
candidaturas que presuntamente no son perfiles idóneos para
ocupar un puesto en el Poder Judicial, por considerar que no tiene facultades
para hacerlo en la etapa en la que se encuentra el proceso electoral y porque
no fue la autoridad responsable de verificar los perfiles.
En la
resolución se solicita al Senado proporcionar los expedientes de los
perfiles con la información en la que se basa para solicitar la
cancelación, pues en sus cartas, las cámaras enviaron referencias a notas
periodísticas para hacer su solicitud.
Por
unanimidad de votos, las y los consejeros reiteraron que los Comités Técnicos
de cada poder tendrían que haber revisado meticulosamente los perfiles de
las candidaturas que fueron admitidas y subrayaron que la ley impide al Senado
pronunciarse sobre la idoneidad de las mismas.
La
consejera Claudia Zavala explicó que el INE no tiene la facultad de
revisar los requisitios de elegibilidad porque esa es una tarera que les
correspondía a los comités de evaluación de cada uno de los poderes.
"Hay que
recordar que un comité de evaluación, el del Poder Judicial no terminó su
trabajo derivado de las circunstancias legales y que el Tribunal Electoral le
pasó esa responsabilidad al Senado de la República, a partir de los nombres que
se encontraban en los documentos correspondientes de las personas que
fueron por parte del Poder Judicial", mencionó.
Ante ello,
indicó que, si el Senado no "hizo su trabajo, ¿en qué situación estamos
ahora?". Explicó que les han llegado documentos que no sólo tienen que ver
con el requisito de buena reputación, sino también con promedios para poder
participar y otras circunstancias, que, puntualizó, tuvieron que ser evaluadas
por los poderes.
"Vienen
candidaturas no nada más del Poder Legislativo, vienen del Poder Ejecutivo,
vienen del Poder Judicial, así que ese trabajo lo hicieron o lo tuvieron que
haber hecho quienes integraron los comités", puntualizó.
Al respecto,
el consejero Arturo Castillo coincidió con la postura de su compañera
Claudia Zavala al señalar que eran los comités de evaluación los que tenían que
verificar la idoneidad de los perfiles para determinar si cumplían los
requisitos para ser candidatos en la elección judicial.
El consejero
electoral recordó que, conforme al artículo 96 de la Constitución y la ley, son
los comités de evaluación de cada Poder de la Unión y no el INE, los que
debieron revisar la idoneidad y elegibilidad de las candidaturas al Poder
Judicial de la Federación.