• La Comisión de Comunicaciones y Transportes modifica su denominación.
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La Paz, Baja
California Sur. - Dos cambios en las comisiones permanentes de la XVII
Legislatura del Poder Legislativo de Baja California Sur fueron realizados este
martes 29 de abril. El primero: la atenderá asuntos de jubilados y pensionados
de BCS, en tanto que la Comisión de Comunicaciones y Transportes modifica su
denominación a Comisión Permanente de Comunicaciones, Transportes, Movilidad y
Seguridad Vial.
La asamblea
legislativa avaló el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales y de
Justicia a ambas iniciativas de reforma a la Ley Orgánica Legislativa, la
primera propuesta el 14 de noviembre de 2024 por la diputada Karina Olivas
Parra, y la segunda, por el diputado Omar Torres Orozco el 21 de noviembre del
mismo año.
Se estima que
la Comisión de Asuntos Laborales y de Previsión Social podrá atender asuntos de
asociaciones de jubilados y pensionados en respuesta a sus planteamientos
recurrentes ante el Poder Legislativo, de formalizar una comisión permanente o
instancia legal ante la cual puedan canalizar sus demandas y peticiones.
La iniciadora
diputada Karina Olivas Parra expresó que, “Cumplimos con una añeja demanda y
hoy en la XVII Legislatura la hacemos realidad”. Precisó que de acuerdo al
ISSSTE, BCS cuenta con 15 mil 435 personas que reciben pensión por diferentes
rubros, como la jubilación, retiro, edad, invalidez, edad avanzada, así como
invalidez y riesgos del trabajo y es que mediante este dictamen también se
podrán elevar gestiones a las cámaras de diputados y senadores.
Por su parte
el presidente de la Comisión de Asuntos Laborales y de Previsión Social de la
XVII Legislatura de BCS, diputado Sergio Guluarte Ceseña, puntualizó que el
sector tiene las puertas abiertas para atender cualquier necesidad y situación
y darles de manera conjunta una solución a esas justas demandas.
En cuanto a
la comisión de Comunicaciones y Transportes, a la par de la extensión de su
denominación, se amplían también sus facultades en los ámbitos de movilidad y
seguridad vial, quedando establecido en el artículo 46, las nuevas facultades
en lo concerniente a la movilidad y seguridad vial.