• Las minutas remitidas por las Cámara de Diputados y de Senadores, proponen reformar los artículos 123°, 40° y 19° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Paz, Baja
California Sur. - En sesión ordinaria de este martes 18 de marzo el pleno de la
XVII Legislatura del Congreso del Estado de BCS, turnó a las comisiones unidas
de Puntos Constitucionales y de Justicia, y de la Juventud, y de Puntos
Constitucionales, respectivamente, las minutas en materia de apoyo a jóvenes y
fortalecimiento de la soberanía nacional, para su análisis y dictaminación.
Relativo a la
minuta presentada por la Cámara de Senadores, se propone adicionar un segundo
párrafo al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos en materia de apoyo a jóvenes, a fin de que toda persona tenga
derecho al trabajo digno y socialmente útil; por lo que, se propone añadir al
mismo párrafo, que por medio del estado, se otorgue un apoyo económico mensual
equivalente de al menos un salario mínimo general vigente, a jóvenes entre 18 y
19 años que se encuentren en desocupación laboral y no esté cursando algún
nivel de educación formal, a fin de que se capaciten para el trabajo por un
periodo de hasta 12 meses en negocios, empresas, talleres, tiendas y demás
unidades económicas, en los términos que fije la ley.
En cuanto a
la minuta remitida por la Cámara de Diputados, se proyecta reformar el segundo
párrafo del artículo 19 y se adicionan los párrafos segundo y tercero al
artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en
materia de fortalecimiento de la soberanía nacional. En lo que respecta al
artículo 19, para que el Ministerio Público pueda solicitar al juez la prisión
preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar
la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación,
entre otros.
Así mismo, el
juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de abuso o
violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, extorción, entre
otros. Referente al artículo 40, la disposición busca que las y los mexicanos,
bajo ninguna circunstancia acepten intervenciones, intromisiones o cualquier
otro acto desde el extranjero que sea lesivo de la integridad de la soberanía
nacional, tales como golpes de estado, injerencias en elecciones o la violación
del territorio mexicano, sea por tierra, mar, o espacio.