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Hoy es viernes, 26 de abril de 2024

Tras la aprobación de 17 congresos locales, entra en vigor la Ley 3 de 3

Esta ley evita que agresores sexuales, violentadores o deudores alimentarios sean candidatos o tengan cargos públicos, entre otras condicionantes.

Tras la aprobación de 17 congresos locales, entra en vigor la Ley 3 de 3


 

La Paz, Baja California Sur.-  Tras alcanzarse la aprobación de 17 congresos locales del país respecto a la reforma constitucional celebrada el pasado 28 de abril en el Senado de la República, la Ley 3 de 3 entrará en vigor una vez que se emita la declaratoria de constitucionalidad.

 

La diputada local María Luisa Ojeda González, presidenta de la Comisión de Igualdad, mediante entrevista con Diario El Independiente manifestó su beneplácito porque se cumplió antes de la fecha que había establecido la cámara alta del Congreso de la Unión.

 

Destacó que Baja California Sur fue la entidad número 10 en aprobar la minuta y para este miércoles se habían sumado 7 estados más a la aprobación de la reforma.

 

Enfatizó que con ello se atiende una deuda histórica hacia las mujeres a una vida libre de violencia y a que no nos estén representando ningún agresor sexual, violentador o deudor alimentario.

 

Expresó que estas personas además de transgredir el interés supremo del menor, también lo hacen hacia las mujeres porque tienen que salir a buscar el sustento para su familia y además hay estadísticas graves respecto a los niveles de violencia intrafamiliar, por lo que se hizo necesaria esta legislación para evitar que se les premie con candidaturas o cargos públicos.

 

Cabe destacar que dicha Ley establece que los derechos de los ciudadanos se suspenden cuando “Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos”.

 

Por lo anterior, las personas declaradas como violentadoras o deudoras alimentarias morosas no podrán ser registradas como candidatas a cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.