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Hoy es miercoles, 24 de abril de 2024

No hubo delito que perseguir por abandonar a su hijo en el estacionamiento

La madre debió ser sancionada legalmente con cárcel y hasta perder la custodia del menor por el del delito de abandono del deber de cuidado, opina un abogado penalista. Subprocuraduría de la Mujer y el Menor prefirió no dar entrevista a este matutino y la DGPPPTM se limitar a levantar solo un reporte como un incidente.

No hubo delito que perseguir por abandonar a su hijo en el estacionamiento

La Paz, Baja California Sur.-  Luego de que el sábado 22 de agosto se viralizó la historia de una madre que provocó una movilización policiaca luego de que dejara a su hijo de un año de edad adentro de un vehículo en el estacionamiento de un supermercado, la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California Sur (PGJE), prefirió no hablar sobre el tema y la Dirección General de Seguridad Pública Policía preventiva y Tránsito Municipal (DGPPPTM) afirmó a Diario El Independiente que simplemente levantó un parte del incidente. 


De acuerdo con el parte policiaco fue a las seis de la tarde cuando durante un recorrido de vigilancia una unidad de la dependencia “recibimos un reporte de su central, con información de que en las calles Daniel Roldán y Agustín Olachea, en el estacionamiento de la tienda Walmart, había un vehículo color gris encendido con un bebé en su interior”. 


Elementos de dicha corporación, se trasladaron al lugar para encontrar un vehículo donde pudieron comprobar que “un bebé de aproximadamente un año en una silla para bebé por lo que los suscritos ingresamos a la tienda para vocear al propietario del vehículo” 


“llegó una persona de sexo femenino quien manifestó ser mamá del menor” relata el parte a quién “se le hicieron indicaciones para que no volviera a dejar a su niño en el interior del vehículo manifestando que estaba sola y que sólo se bajó a comprar croquetas para su perro quedando el reporte con las novedades antes mencionadas”. 


Diario El Independiente se puso en contacto con el abogado penalista Arturo Rubio Ruiz quien, en su opinión profesional las autoridades municipales presenciaron un delito. 


“Estamos en presencia de un hecho probablemente constitutivo del delito de abandono del deber de cuidado”, expresó al citar cómo lo previene, el artículo 166 del Código Penal del Estado.


“Es un delito de peligro, esto es, no es necesario que se lesione al menor. Basta que se haya expuesto al peligro para que pueda ser sancionada la madre” consideró al indicar que el instrumento jurídico establece penas de uno a dos años de prisión. 


Además al parecer del abogado, este evento puede además, en materia familiar: “ser causa de la pérdida de la custodia legal del menor”, atendiendo a la valoración que pudiera hacer un juez de lo familiar del grado de imprudencia que refleje la conducta de la madre. 


Al respecto, este matutino buscó una entrevista con la titular de la Subprocuradora de Atención a Víctimas de Delitos Contra la Libertad y la Familia de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PJEBCS), la Lic. Astrid Valeria Rojas Pérez, quien declinó tajantemente a dar entrevistas sobre el tema. 


Fuentes extraoficiales indicaron que las autoridades de procuración de justicia en el estado solo podrían comenzar una investigación relativa a este delito a partir de una denuncia ante la PGJEBCS, sin embargo no la hubo y por tanto no hubo delito que perseguir, advirtieron.