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Hoy es jueves, 25 de abril de 2024

Aprehensión de personas inconstitucional; no ayuda contra el contagio: Abogado

Presidente del Colegio de Posgraduados en Derecho enumera las faltas al procedimiento detrás de detención de Mancell “N”.

Aprehensión de personas inconstitucional; no ayuda  contra el contagio: Abogado

La Paz, Baja California Sur (28 de abril del 2020) — Dado que el parte oficial de la detención de una persona en la Central de Abastos plantea que se realizó en base al delito de “ultrajes a la autoridad” el presidente del Colegio de Posgraduados en Derecho en Baja California Sur, Arturo Rubio Ruíz, expuso que la detención de Mancell “N”, es una medida que poco ayuda a la salud pública y representa una violación a los Derechos Humanos. 

Primeramente, el especialista en derecho penal indicó que el parte oficial que la persona detenida en las inmediaciones de la Central de Abastos de La Paz, esté relacionada con los hechos divulgados en un polémico video que circuló en fechas pasadas en las redes sociales sudcalifornianas. 

Mientras expuso que en este país “uno es libre de ser ignorante” y dudó de la influencia de una persona como el detenido, pidió regresar a los hechos de la detención, “según el parte oficial fue por llevar tapabocas, dice la autoridad municipal que es obligatorio el tapabocas, dice la autoridad estatal que es solo para los infectados, dice la Secretaría de Gobernación que es innecesario, ahí hay una primera incertidumbre, para que el estado de derecho rija en una nación debe haber certeza jurídica”, relató. 

“Mientras las autoridades no pueden ponerse de acuerdo ¿A quién hacerle caso?”, cuestionó. 

“La Policía debió haber comprobado que el joven sí estaba contagiado antes de proceder, sino no lo pueden detener por no seguir una disposición del Gobierno del Estado, porque fue la Policía Estatal la que lo detuvo”, argumentó. 

Aprehensión de personas inconstitucional; no ayuda  contra el contagio: Abogado

Luego explicó que el en parte oficial, se lee que la detención se dio por incurrir en el posible delito de “desacato a la autoridad”, así mismo que, durante el arresto, el joven intento tomar el arma de cargo de un oficial de la citada corporación. 

Mientras el abogado dejó en tela juicio la capacidad para determinar las intenciones de una persona “con la intención de quitarle el arma”, algo que dudo sería fácil de probar. 

“Lo que es muy importante aquí es que, En lugar de imponerle una multa, el juez calificador lo remite al Ministerio Publico por el delito de ultrajes a la autoridad”, destacó. 

El abogado indico que, desde el año de 2014, el Colegio de Posgraduados en Derecho que representa, cuando colaboró en la redacción del actual Código Penal vigente ha recomendado la desaparición del artículo 303 del Código Penal del Estado sobre el delito de ultraje. 

“Desde que colaboramos en dicha redacción, como colegio, recomendamos la desaparición del delito de ultrajes, es un delito de prueba imposible, es un delito de aplicación subjetiva pues ¿qué un ultraje?, no tiene una tipificación objetiva”. 

El abogado, recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró que este delito es inconstitucional en el año de 2016. 

“Tenemos un código penal, que es inconstitucional no solo por este, peo al menos por este delito. Pues es un delito va contra el principio de taxatividad de la ley”, Rubio Ruíz explicó que dicho principio plantea que una Ley penal debe “describir de modo preciso y estricto las conductas delictivas”. 

“Este muchacho está detenido ilegalmente, se basa en una suposición subjetiva de un policía, y es inconstitucional al basarse en un delito no taxativo y por impedir la libertad de expresión”. 

El abogado planteó que “en lugar de violar los derechos humanos, de andar dando escarmientos, algo que es muy grave, que es reflejo de un estado autoritario”, planteó que sería más aconsejable intensificar las campañas de información para disuadir el contagio entre la ciudadanía. 

“Es imposible imponer el sentido común a garrotazos”, sentenció.