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Hoy es viernes, 3 de mayo de 2024

En BCS se castiga más a la mujer que al hombre, por el mismo delito cometido: ONG

Por  delitos graves, las mujeres pueden recibir sentencias de 23 años, en promedio, mientras que los hombres tienen castigos de 17 años “el reproche social es más duro para las mujeres que para los hombres” indica la directora de la ONG

En BCS se castiga más a la mujer que al hombre, por el mismo delito cometido: ONG

La Paz, Baja California Sur.- En Baja California Sur (BCS), así como en otros estados como Nuevo León, Estado de México y Tamaulipas, las mujeres que son condenadas con cárcel cumplen en promedio cinco años más de condena que los hombres por el mismo delito, según un informe elaborado por la ONG Reinserta.


Por cometer delitos graves, las mujeres pueden recibir sentencias de 23 años, en promedio, mientras que los hombres tienen castigos de 17 años por los mismos ilícitos, reveló el estudio de la organización.


Este fenómeno se presenta en Baja California Sur, Estado de México, Nuevo León, Quintana Roo y Tamaulipas, entidades donde se recabó la información de 2 mil 503 encuestas de hombres y 570 de mujeres.


Robo, secuestro y homicidio equivalen a 68% de los delitos cometidos por las mujeres encuestadas. Es la misma cifra con los hombres para los ilícitos de hurto, asesinato y violación.


Otros de los actos delictivos más cometidos por hombres y mujeres son el tráfico/posesión de droga, extorsión, pandilla, asociación delictuosa y delincuencia organizada, entre otros.


 “Se tiene muy arraigado el concepto de que la mujer es una figura inmaculada. Cuando comete una conducta reprobable, el reproche social es más duro que hacia los hombres”, explica Fernanda Dorantes, directora jurídica de Reinserta.


 El informe destaca que las mujeres reciben con más frecuencia sentencias de 25 años, mientras que las penas más frecuentes para los hombres son de cinco años.


El informe revela que casi la mitad de los presos encuestados (48%) y más de un tercio de las mujeres que participaron (36%) no conocen a su abogado defensor. “Es necesario aclarar que, por ley, en todo acto procesal en el que intervenga el imputado, debe estar asistido por su defensor; en este sentido se infiere que la aseveración relativa a “no conocer al abogado defensor” se relaciona con la escasa interacción y el nulo establecimiento de un vínculo, situación no menos grave”, asegura Reinserta.