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Hoy es viernes, 26 de abril de 2024

Sanciones a operadores de agua de municipios que no reparen zanjas que hacen, propone la diputada Pineda

La legisladora presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Aguas del Estado en la que se reforma el artículo 85 estipulando 5 días hábiles para que los Ayuntamientos asuman la reparación cuando los organismos operadores no hayan cumplido

Sanciones a operadores de agua de municipios que no reparen zanjas que hacen, propone la diputada Pineda

La Paz, Baja California Sur.- Ante los recurrentes incumplimientos a la disposición normativa en materia de reparación de guarniciones y vialidades tras haber realizado trabajos de instalación de tomas o mantenimiento a la red de drenaje por parte de los organismos operadores de agua potable, la diputada Maricela Pineda García (PRD) presentó una iniciativa en el Congreso del Estado de Baja California Sur que impone un término de 5 días hábiles para que estos hagan las reparaciones, o en su caso 7 días para que los ayuntamientos asuman la responsabilidad cuando no lo hagan. 


La iniciadora refirió los problemas comunes que ciudadanos afrontan en La Paz y otros municipios para su movilidad, causando en ocasiones accidentes viales con daños materiales en automóviles y en la integridad física de conductores, personas a bordo y peatones debido a la falta de reparaciones de las calles y guarniciones. 


Con la adición a la Ley Estatal de Aguas en su artículo 86, quedaría establecido que “en los casos en que con motivo de la instalación de la toma o las descargas, se destruya el pavimento, la guarnición o la banqueta, el prestador de los servicios (organismos operadores de agua potable) estará obligado a realizar de inmediato su reparación, con cargo al usuario, y que los trabajos deberán efectuarse en un plazo improrrogable de siete días hábiles contados a partir de la fecha en que se ordene su reparación”. 


Fija también que cuando no lo hagan, el Ayuntamiento asuma las reparaciones en 5 días. 


Sanciones a operadores de agua de municipios que no reparen zanjas que hacen, propone la diputada Pineda


La adición establece que el síndico municipal deberá dar vista al Órgano de Control Interno del prestador de servicios a fin de que inicie al procedimiento administrativo sancionador en contra de los responsables de la obra de reparación por el incumplimiento de la obligación. Y a efecto de prevenir accidentes, durante el desarrollo de los trabajos de reparación de pavimentos, guarniciones y banquetas se deberá colocar la debida señalización. El incumplimiento de esta disposición hará acreedor a los responsables y ejecutantes de la obra de reparación de las sanciones de conformidad con las leyes de la materia. 


También establece el derecho a los ciudadanos para exigir al prestador de los servicios la reparación de los pavimentos, guarniciones y banquetas en los términos de la ley. La iniciativa fue turnada a la comisión permanente del agua.