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Hoy es miercoles, 17 de abril de 2024

Libre presunto padre violador: Niña de 3 años no identificó “hora y fecha”

El CCAVID cuestionó a jueces del TSJE e investigadores de la PGJE, ya que ni siquiera hay protocolo de protección a la víctima

Libre presunto padre violador: Niña de 3 años no identificó “hora y fecha”

En la impunidad podría quedar la violación de una niña de 3 años, ya que no pudo precisar la hora y la fecha del presunto delito cometido por su padre.


Este caso fue hecho público por Arturo Rubio Ruíz, representante legal del Consejo Ciudadano Para la Atención a Víctimas de Delito, A.C.


Explicó que la denuncia se formalizó cuando psicólogos y médicos corroboraron los hechos, que la menor hizo saber a su madre.


“El médico forense establece que la víctima presenta desgarre en zona anal e inflamación abnormal vaginal. El Ministerio Público solicita orden de aprehensión contra el imputable. El juez la niega porque la menor no precisa en su narración, la temporalidad del evento”, dijo el abogado.


Dijo que al difundir este caso, piden una modificación sustancial en programas de acción y políticas públicas en materia de prevención, investigación, persecución y sanción del delito. 


“Urge implementar protocolos de actuación y mejorar la calidad y profesionalismo de la plantilla de profesionales expertos que laboran en el área pericial en materia de procuración y administración de justicia”, dijo el abogado.


Advirtió que la Constitución Política, los tratados internacionales y la Ley de Atención a Víctimas del Delito otorgan derecho al acceso “pronto, expedito y efectivo” a la justicia.


“Así como una reparación integral, adecuada, y rápida del daño sufrido, y a gozar de la más amplia protección tendiente a evitar la re-victimización”, aseguró Rubio Ruíz.


“Existen protocolos internacionales, convencionales obligatorios para México, de actuación en casos de investigación de delitos de violencia sexual infantil. En el caso, no se aplicaron”, sentenció. 


Explicó que existen experticias de psicología forense que permiten al investigador y al juzgador allegarse de “certeza probatoria” sin depender de la declaración de la víctima.


“En ningún ordenamiento legal aparece que una menor de 3 años deba tener la capacidad de abstracción necesaria para ubicar con precisión su narración en las esferas de modo, tiempo y lugar”, dijo el abogado.


Dijo importante cuestionar a Daniel de la Rosa Anaya, titular de la PGJE sobre la capacidad técnica de quienes integraron la carpeta de investigación y solicitaron su judicialización.


También necesario que Daniel Gallo Rodríguez, presidente del TSJE, precise “desde cuándo una víctima de 3 años debe establecer en su narración precisión de hora, día, mes y año para tener por probable la comisión de un delito”.


 “En este caso por el juzgador que negó la orden de aprehensión, nos hace suponer que en el caso existió un interés ajeno a la legalidad y la justicia”, dijo el abogado.


Refirió que la violencia sexual infantil es una de las formas más severas de violencia y una grave violación a los derechos de niñas, niños y adolescentes, con consecuencias devastadoras para la víctima, su familia y la comunidad.