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Hoy es viernes, 19 de abril de 2024

30 de mayo último día para pagar utilidades a personas morales: Junta de Conciliación

De acuerdo a la dependencia, todas aquellas empresas que burlen la Ley para no pagar utilidades pueden ser inspeccionados puntualmente por hacienda 

30 de mayo último día para pagar utilidades a personas morales: Junta de Conciliación

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La Paz, Baja California Sur.- Cecilio Padilla presidente de la Junta Estatal de Conciliación y Albitraje señaló que las personas morales tendrán hasta el 30 de mayo para el pago de las utilidades a sus trabajadores, mientras que las personas físicas tienen como fecha límite el 30 de junio de acuerdo al calendario fiscal.


Tal como lo señalan los artículos del 117 al 131 de la Ley Federal del Trabajo, especifica el proceso de este reparto, el cual se basa en el ejercicio fiscal del año anterior y el monto que se colocó en el concepto gravable, y del cual deben de repartirse un 10% entre todos los trabajadores.


En este sentido indicó que las personas físicas que declararon ante hacienda el 30 de abril tienen 60 días para pagar voluntariamente este concepto, es decir hasta el 30 de junio mientras que las personas morales que declararon hasta el 30 de marzo sus 60 días para el pago culminan este próximo 30 de mayo.


En caso de que el trabajador considere que no se le pago correcta y adecuadamente o bien que no se le haya proporcionado, puede meter una demanda ante la Junta después de la fecha límite, teniendo un año para hacer el reclamo de utilidades, donde las sanciones para los patrones van desde los 250 hasta los 5 mil salarios mínimos.


"Si en el juicio se demuestra la intención de burlar la Ley se impone la multa. En BCS no hay tantos problemas en ese sentido", dijo Cecilio Padilla, recalcando que al no tener quejas de este tipo ante la junta no quiere decir que no existen, pues seguramente las personas - explicó - que no reciben algunos pagos, no interponen la queja exclusiva.


"El patrón tiene que poner a la vista de los trabajadores el acuse de recibido de la declaración fiscal y uno de los conceptos es la base gravable, si en ella tiene un monto de más de 300 mil pesos tiene la obligación de pagar utilidades; si ésta marca cero pero el trabajador ve grandes entradas de dinero, puede acudir con la mayoría de los trabajadores o el sindicato a las oficinas de hacienda para que la autoridad fiscal revise a la empresa", comentó.