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Hoy es jueves, 28 de marzo de 2024

Multa PROFEPA a empresa con casi 2 MDP por construcción irregular de hotel en Los Cabos

Se constató violación al carácter preventivo de la evaluación del impacto ambiental, al construir sin contar con la autorización en la materia. La empresa voluntariamente someterá al procedimiento de evaluación del impacto ambiental la operación de las obras construidas ilegalmente y aquellas que faltan por construir para la operación del hotel.

Multa PROFEPA a empresa  con casi 2 MDP por construcción irregular de hotel en Los Cabos

Los Cabos, Baja California Sur.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) sancionó a la empresa Paraíso BB México, S. de R.L. de C.V. con multa de $1,887,250.00 pesos por la construcción del hotel denominado Las Ventanas al Paraíso, ubicado en el municipio de Los Cabos, Baja California Sur, sin contar con autorización de Impacto Ambiental federal. 


Durante la substanciación del procedimiento administrativo, la empresa demostró a la PROFEPA su voluntad de someter al procedimiento de evaluación del Impacto Ambiental ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), las obras realizadas, así como las que hacen falta para el funcionamiento del hotel, con el fin de que sean evaluadas en su conjunto.


Si las obras que fueron construidas ilegalmente y aquellas que se pretendan realizar para concluir el hotel y su operación se autorizan por la SEMARNAT, por resultar en su conjunto ser sustentables y jurídica y ambientalmente procedentes en términos de lo dispuesto por las leyes ambientales y los instrumentos de política ambiental, la empresa deberá llevará a cabo la compensación del daño ambiental ocasionado por la construcción ilegal de las obras, lo cual será ordenado por la SEMARNAT como obligación dentro de la autorización de impacto ambiental que en su caso emita.


En este supuesto, la clausura impuesta en su momento al hotel será levantada hasta que la empresa haya ejecutado la compensación ambiental y lo constate la PROFEPA.


Si la solicitud de autorización de impacto ambiental se resuelve en sentido negativo, la empresa deberá proceder al retiro de las obras y llevar a cabo la restauración del sitio, como lo ha ordenado la PROFEPA mediante Resolución Administrativa en términos de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.


Recientemente, la empresa acreditó ante la PROFEPA haber realizado el pago de la multa impuesta.