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Hoy es martes, 8 de octubre de 2024

Colocan propaganda de Saúl González en lugares prohibidos por el COFIPE

El candidato de las izquierdas aprovechó un puente para colgar una manta, lo que deberá ser sancionado por la ley electoral por oficio Giovanny Carlos Díaz La Paz, Baja California Sur.- De acuerdo al C

Colocan propaganda de Saúl González en lugares prohibidos por el COFIPE

  • El candidato de las izquierdas aprovechó un puente para colgar una manta, lo que deberá ser sancionado por la ley electoral por oficio

Giovanny Carlos Díaz

La Paz, Baja California Sur.- De acuerdo al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), en su Art. 236.1 a), b) y d), el candidato de las izquierdas a la alcaldía de La Paz, Saúl González Núñez, deberá ser sancionado conforme lo marca la ley por la colocación de propaganda electoral en lugares no permitidos.

Según esta disposición, "no se podrá colgar propaganda en elementos del equipamiento urbano (la legislación anterior lo permitía)" como la colocada en el puente peatonal del bulevar Forjadores de Sudcalifornia y Colosio, en La Paz.

En el inciso "B" de dicho artículo, se explica que "podrá colgarse o fijarse -propaganda- en inmuebles de propiedad privada, siempre que medie permiso escrito del propietario", esto quiere decir, la empresa Publirex, encargada de la venta de espacios publicitarios en dicha estructura deberá autorizar la colocación de la manta del candidato, aclarando la ley electoral que si un proveedor de partidos políticos ofrece un beneficio para un candidato lo tendrá que hacer para todos.

En cuanto a la empresa, Publirex no renta, vende o alquila espacios publicitarias por concepto de "colgar" lonas en las zonas laterales del puente como lo hizo Saúl González, en todo caso, la empresa ofrece el servicio publicitario tras el alquiler del espectacular que se aprecia en la gráfica.

En el inciso "D" se precisa que "no podrá fijarse o pintarse en elementos del equipamiento urbano, carretero o ferroviario, ni en accidentes geográficos cualquiera que sea su régimen jurídico".

Según la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), este prohibición tiene un fin constitucionalmente válido, para impedir que el equipamiento se utilice con fines distintos para los que fue creado.

Asimismo, el Instituto Estatal Electoral (IEE) en Baja California Sur deberá actuar por oficio ante este señalamiento ya que la colocación de la propaganda política se encuentra colocada de manera irregular.

Recientemente, el IEE pidió a los proveedores de partidos políticos y/o candidatos dar de alta la prestación de sus servicios, estos con el fin de ordenar la promoción política, en caso de no hacerlo y ofertar espacios, el proveedor sería sancionado, razón por la cual el IEE deberá aclarar si el espacio que ocupa la lona publicitaria de Saúl González fue contratado a la empresa o si abusó de la colocación de la misma.

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